En los últimos días se han reseñado en la prensa y medios sociales variadas denuncias de acciones que, de ser ciertas, constituyen fraude electoral. Entre dichas denuncias, se reportó con evidencia el caso de una persona fallecida desde febrero del 2020 que aparece solicitando voto por adelantado. En la misma noticia se reseña que, en una entrevista al presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, éste acepta no tener los recursos suficientes para detectar deficiencias, irregulares o fraudes electorales que podrían afectar los resultados de las elecciones.
Líderes comunitarias de varias comunidades de Puerto Rico expresaron una gran consternación ante la desconfianza en los resultados electorales y en los procesos democráticos en general.
“Nosotras las líderes de diferentes comunidades, estamos muy preocupadas por el fraude, la manera en que afecta la democracia puertorriqueña, y la forma en que no se le ha dado la importancia que tienen estas situaciones por estar diciendo que son meras irregularidades”, exclamó Carmen Villanueva líder comunitaria de la Comunidad Hill Brothers Sur de Río Piedras. A este reclamo se unieron líderes de las comunidades del Caño Martín Peña, comunidades de Buena Vista Hato Rey y Barrio Obrero Marina, Trastalleres de Santurce, Valle Hill de Canóvanas, Río Blanco de Naguabo, Buenos Aires de Caguas entre otras.
“Exigimos que cualquier caso de personas fallecidas que hayan solicitado voto por adelantado o encamado sea referido inmediatamente a las autoridades pertinentes, y que se verifique y se invalide cualquier voto emitido con fraude. Además, demandamos a la CEE que inmediatamente publique las listas de los que votaron en las elecciones 2020 para poder nosotros identificar como ciudadanos que no existan casos similares en nuestras comunidades”, exclamó Villanueva Castro.
Para las líderes comunitarias, estas acciones son necesarias para que no se siga perdiendo la confianza en las instituciones que están llamadas a velar por la voluntad política de la mayoría de los votantes, y las que tienen el deber ministerial de procesar criminalmente esas conductas prohibidas como delito en el Código Penal y Electoral.