El presidente de la Comisión de Gobierno del Senado, Ramoncito Ruiz Nieves, informó que mañana lunes el Senado ve en su sesión la Resolución del Senado 32, por petición de los Servidores Públicos, que busca realizar una investigación abarcadora sobre las alternativas y los planes del gobierno para cumplir con la Ley 80-2020, aprobada por la pasada administración, conocida como ‘Ley del Programa de Retiro Incentivado y de Justicia para Nuestros Servidores Públicos’.
El Senador Ruiz Nieves expresó que es un tema de gran importancia por la magnitud del mismo y el costo que implicaría su aprobación. Recordemos que Luis Collazo Rodríguez, administrador de la Administración de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno y la Judicatura, manifestó en las vistas públicas sobre la transición de gobierno que el inicio de la implantación de dicha Ley 80-2020 está detenida hasta que se precise cómo se cumplirá con la legislación sin afectar el funcionamiento gubernamental. Dicha legislación firmada el 3 de agosto de 2020, proveyó una ventana de retiro incentivado a servidores públicos que cumplían con unos requisitos específicos. Sin embargo, el gobierno no puede cuantificar el impacto de dicha Ley en los puestos esenciales de trabajo en las entidades públicas, y cuántas de esas vacantes habría que llenar al quedar descubiertas por los potenciales retirados. A todo esto, se añade que la Junta de Control Fiscal llamó la atención del Gobierno para detener la implantación de la Ley Núm. 80-2020, supra hasta que se acuerde un plan para garantizar que es consistente con el Plan Fiscal Certificado”, destacó el también senador por el distrito de Ponce.
“La aplicación de dicha ley, como está, implicaría el despido de empleados del gobierno y la paralización de aumentos previamente legislados para primeros respondedores, como policías y bomberos. También, añadió que la implementación de la ventana para un retiro incentivado le costaría al gobierno $7 mil millones, aunque no se explicó cómo llegaron a ese estimado de gastos”, añadió Ruiz Nieves.
La Administración de los Sistemas de Retiro envió el 14 de octubre de 2020, una carta circular a las entidades públicas, informando los procesos para la implementación por las fases de la Ley 80 – 2020. Esta comunicación causó gran preocupación entre la mayoría de los jefes de agencia porque anticiparon que la salida de empleados en puestos esenciales, generaría un impacto negativo en la prestación de servicios, por la dificultad de reclutamiento, como lo son los bajos salarios y puestos congelados.
Cabe destacar que el Artículo 9 de dicha Ley 80-2020 especifica que las agencias tomarán las medidas de reorganización administrativa y operacional para eliminar los puestos que queden vacantes, en estricto cumplimiento con todas las leyes laborales, los convenios colectivos vigentes y otras leyes aplicables. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, se podrán ocupar los puestos vacantes que se determinen que proveen servicios esenciales para el funcionamiento de la agencia. Como primera opción se considerará a empleados de la misma agencia. En segundo lugar, se permitirá el uso del mecanismo de traslado del empleador único en el servicio público. De no poderse cubrir un puesto esencial mediante dichos mecanismos, y como última opción, se permitirá el nuevo reclutamiento mediante convocatoria interna entre empleados públicos o fuera del servicio público.
“Esta Ley, lo que hace prácticamente es ordenarle al Gobierno una reingeniería de procesos gubernamentales que requerirán la intervención y acción de la Asamblea Legislativa, antes que los empleados que cualifiquen se puedan acoger a la ventana de retiro, ya que hay que garantizar la continuidad de los servicios que se brindan a la ciudadanía”, añadió el senador Ruiz Nieves.
Por su parte, el Director Ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal, Omar Marrero, informó a la Junta de Control Fiscal, que el gobierno no continuaría el proceso de implementación de la Ley 80 hasta que se recopile toda la información para determinar el costo para el erario, el impacto al funcionamiento del gobierno y cómo la implantación cumple con el Plan Fiscal Certificado. Con esta determinación del gobierno, ningún empleado podrá separarse del servicio para acogerse al programa de retiro hasta tanto se establezca un plan de ajustes presupuestaria, una reingeniería de servicios para minimizar el impacto al funcionamiento del gobierno y cumplir con lo exigido por la Junta de Supervisión Fiscal.
Se estima que unos 17,000 empleados públicos del gobierno central, municipios y corporaciones cobijados por la Ley 447 de 1951 y la Ley 1 de 1990 podrían ser elegibles para acogerse al retiro incentivado, pero al momento se desconoce el dato específico de cuántos tendrían la intención de participar de la ventana, cuáles son empleados esenciales, el costo para sustituirlos, de ser necesario, así como los servicios afectados. La Ley 80-2020 garantizaría una pensión de 50% del salario del empleado, así como beneficios marginales, partidas que serían cubiertas directamente por el presupuesto del gobierno central y los municipios, dentro de sus gastos de nómina mensualmente.