[CAPITOLIO] Viento en popa medidas de la Cámara para fomentar la transparencia en la gestión municipal

El presidente de la Comisión de Autonomía Municipal y Descentralización de la Cámara de Representantes, Juan José Santiago Nieves, anunció que cuatro importantes medidas para promover la transparencia en las administraciones municipales, pasaron por la evaluación final (markup) de dicha Comisión y siguen el curso legislativo.

“El Proyecto de la Cámara 50 tiene como propósito enmendar el Artículo 2.058 del Código Municipal de Puerto Rico, para disponer que no se efectuarán pagos globales ni parciales a alcaldes, cuyas licencias de vacaciones o enfermedad excedan los sesenta (60) días o los noventa (90) días, respectivamente. Lo que se busca es equiparar a los alcaldes y alcaldesas con el mismo beneficio que tienen los demás empleados municipales. En tiempos de estrechez económica debemos sin limitar los derechos laborales de los empleados municipales llevar a que la ley no beneficie más a unos que a otros y por otro lado ser prudente con el gasto público a la hora de pagar dichas licencias para no desembolsar cantidades exorbitantes como en el pasado”.

La segunda medida es el Proyecto del Senado 638, que propone enmendar la Sección 4.1 de ‘Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, a fin de atemperarla con el “Código Municipal de Puerto Rico”, en cuanto a que la revisión judicial de las deficiencias, tasaciones e imposiciones contributivas del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales. Lo que se busca es eliminar la mención a la Ley Núm. 83-1991 la cual fue derogada y pasó a formar parte de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como el ‘Código Municipal de Puerto Rico’. Esta medida no conlleva un impacto fiscal sobre las finanzas de los gobiernos municipales.

La tercera medida es el Proyecto de la Cámara 687, que enmienda el ‘Código Municipal de Puerto Rico’, a los fines de disponer sobre la transmisión vía Internet, con audio e imagen simultánea a la reunión física, de todos los procedimientos y asuntos llevados ante la consideración de las juntas de subastas de los municipios. “Este proyecto busca que sea un requisito el que los procesos de celebración de subastas sean transmitidos a través del portal internet del Municipio, y/o de alguna de las redes sociales oficiales del Municipio. “Este mecanismo de transmisión de subastas ya ha sido implementado con éxito en varias corporaciones públicas, en donde sus reuniones de junta de directores son transmitidas para beneficio de la ciudadanía”, añadió el legislador. Actualmente Municipios como San Juan, Bayamón y Caguas realizan estas reuniones de Junta de Subastas que son transmitidas en sus respectivos portales oficiales en las redes sociales, particularmente en Facebook.

Finalmente, el Proyecto de la Cámara 1034 enmienda el ‘Código Municipal de Puerto Rico’, con el propósito de facilitar a los municipios herramientas que les permitan desempeñar más eficientemente las transferencias de facultades de ordenación territorial. Al presente, el requisito impuesto a los municipios para ocupar el puesto de director o directora de ordenación desconoce la aportación y participación de otros profesionales, como profesionales de arquitectura e ingeniería, como oportunamente capacitados para dirigir tal encomienda. “Por tal razón, la contratación de profesionales ha resultado particularmente onerosa y limitada, retrasando con ello la ejecución de diversas propuestas municipales de ordenación territorial”, finalizó Santiago Nieves.

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