¿Dónde buscar ayuda luego de la tormenta Ernesto?

Una vez concluyeron los peores efectos de la tormenta Ernesto en Puerto Rico, la pregunta inmediata de muchas personas en las zonas más afectadas es cómo recuperar sus pérdidas.

En la conferencia de prensa realizada el pasado jueves 15 de agosto en Ceiba, el

secretario del Departamento de la Vivienda, William Rodríguez, ofreció la siguiente respuesta: “Si alguna familia sufrió algún daño, particularmente si su techo se voló, si la estructura era de madera, se inundó, está en un área de inundabilidad, tenemos el programa de mitigación para la vivienda unifamiliar a través de los fondos CDBG-MIT. Ese programa ya existe. Ese programa tiene a los contratistas ya disponibles para poder hacer reparaciones o reconstrucción o reubicación en caso de que sea necesaria la reubicación. Así que está disponible. Nos pueden llamar al Departamento de la Vivienda o al 1-833-234-2324”.

Por su parte, el gobernador, Pedro Pierluisi, mencionó en esa misma conferencia que: “En caso de asistencia económica, usualmente son los alcaldes y alcaldesas la que la proveen, pero tenemos el Fondo de Emergencia del Gobierno disponible. Hay un proceso que seguir para reclamar el apoyo del fondo de emergencia, pero la Oficina de Gerencia y Presupuesto está disponible. También tengo que decir que [el Negociado de] Manejo de Emergencias tiene la manera, por vía de los hubs, de ayudar a la gente que estén pasando algún tipo de necesidad. O sea que se puede coordinar la ayuda por municipios o por Manejo de Emergencias cuando es ayuda más allá de cuestiones de vivienda”.

Al momento, FEMA solo ha autorizado fondos para medidas de protección. No se han autorizado fondos para remoción de escombros, ni para reparaciones.

La organización sin fines de lucro Ayuda Legal Puerto Rico comenzó un esfuerzo de orientación a la ciudadanía sobre la Declaración de Emergencia hecha el miércoles 13 de agosto por el presidente de los Estados Unidos, Joseph Biden, que autoriza el uso de los fondos de FEMA y otras agencias federales para atender la emergencia, pero no autoriza el uso de fondos para Asistencia Individual a las familias afectadas directamente por las lluvias.

A raíz de la Declaración de Emergencia, todos los municipios han sido declarados áreas de emergencia, y son elegibles para recibir fondos de la categoría de Asistencia Pública. Pero, la asistencia que cubre los daños que sufrieron las familias en sus hogares y personas afectadas por la emergencia no es esta, sino la Asistencia Individual. Es decir, este proceso de Declaración de Emergencia no implica que esté disponible la Asistencia Individual.

Las personas que sufrieron daños a su vivienda o propiedades pueden verificar con su municipio si tiene algún programa de ayuda ciudadana.

En otras palabras, al momento, la asistencia pública autorizada por FEMA va directamente a los municipios y no a las personas. El dinero se puede utilizar para ciertos asuntos de beneficio público, tales como equipos de búsqueda y rescate y generadores temporales, si es necesario.

De darse una Declaración de Desastre Mayor, las personas afectadas que reclamen podrían recibir hasta $750 de Asistencia Individual para artículos esenciales como alimentos, agua, fórmula para infantes y otros suministros de emergencia.

Para lograr una Declaración de Desastre Mayor, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Una confirmación de que el Gobernador ha tomado las acciones apropiadas y liderado la ejecución del plan de emergencia estatal.

  • Un estimado de la cantidad y severidad de los daños en el sector público y el sector privado.

  • Una descripción de los esfuerzos del Estado y de los gobiernos locales, y de los recursos utilizados para mitigar el desastre.

  • Estimados preliminares del tipo y cantidad de asistencia de la Ley Stafford que se necesita.

  • Una certificación por parte del Gobernador de que el territorio y los gobiernos locales cumplirán con todos los requisitos correspondientes de los gastos compartidos.

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