La entidad que supervisa a las cooperativas realiza una “investigación exhaustiva” relacionada con transacciones que envuelven al presidente de la junta de directores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Arecibo
Por: Marian Díaz
Periodista de Negocios
marian.diaz@gfrmedia.com
La Corporación para la Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico(Cossec) confirmó que investiga el caso que involucra al presidente de la junta de directores de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Arecibo (CooPACA), Luis A. Galarza Pérez, quien alegadamente obtuvo beneficios contributivos personales de algunas propiedades reposeídas por dicha cooperativa.
La presidenta de Cossec, Mabel Jiménez Miranda, indicó que el regulador proporcionará información de la pesquisa que lleva a cabo contra el presidente de los directivos de CoopACA, Luis A. Galarza, tan pronto como sea posible y según permita el orden establecido. (Suministrada)
“Estamos al tanto de la situación y entendemos la importancia de este asunto para la comunidad. Actualmente, nuestra agencia está realizando una investigación exhaustiva para asegurar que todos los aspectos se evalúen adecuadamente”, expresó en declaraciones escritas Mabel Jiménez, presidenta ejecutiva de Cossec, cuando este diario indagó si la agencia que dirige conocía de este caso y si tomará acción.
En 2018, Galarza Pérez adquirió una propiedad en Barceloneta que había sido reposeída por la cooperativa. Sin embargo, tras completar la transacción, Galarza Pérez, quien al menos una década en la junta directiva de CoopACA, nunca presentó una solicitud de cambio de dueño del inmueble ante el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM).
Al no informar el cambio de titularidad, se estima que el presidente de los directivos de CoopACA se ha ahorrado unos $12,641 en contribuciones a la propiedad, cuantía que no ha habría pagado, debido a que las cooperativas están exentas de dicho pago.
La presidenta ejecutiva de Cossec no indicó por cuánto tiempo se extenderá dicha investigación, pero dijo que ofrecerá detalles más adelante. “Nuestro compromiso es con la transparencia y la justicia, por lo que proporcionaremos información adicional tan pronto como sea posible, respetando los procedimientos establecidos”, sostuvo.
Conflictos de interés, lucro personal y los directivos cooperativos
Jiménez señaló que la Ley de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Crédito (Ley 252 de 2002) establece los deberes fiduciarios y conflictos de intereses que rigen a los miembros de los cuerpos directivos de una cooperativa.
Entre esos deberes figuran el no aceptar descuentos, regalos o favores para él o algún miembro de la familia o negocio a cambio de que su actuación en la junta favorezca a esa o cualquier otra persona.
Los miembros de las juntas directivas tampoco podrán aceptar honorarios, pagos de gastos, regalos o beneficios personales que puedan crear la apariencia de un conflicto de interés con relación a sus deberes y responsabilidades en lacooperativa.
“Todos los miembros de las juntas de directores deben cumplir con las disposiciones de la Ley Num. 255 del año 2002. Exactamente, en el artículo 10.01(b)(3) dice que no obtendrá lucro personal aprovechándose de la posición que ocupa. También las cooperativas deben tener un reglamento y un código de ética que atienda esos temas”, manifestó Jiménez.