Impulsan medida para transformar propiedades en desuso en hogares accesibles 

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social, presidida por la senadora Jamie Barlucea Rodríguez evaluó hoy, en vista pública, la creación de la “Ley para la Transformación de Bienes en Desuso en Viviendas Asequibles”, mediante el Proyecto del Senado 483.

“Son miles las propiedades que se encuentran en desuso y que están bajo la custodia del Estado y eso es lo que quiere promover esta legislación. Este proyecto busca transformar estas propiedades en desuso, en unidades de vivienda que sean dignas y asequibles para la población, y más a la población vulnerable en Puerto Rico”, expresó la senadora Barlucea Rodríguez.

El proyecto senatorial, presentado por la senadora Ada Álvarez Conde, propone crear un marco legal para transformar propiedades en desuso bajo custodia del gobierno en unidades de vivienda asequible. La medida responde a la crisis habitacional que enfrenta Puerto Rico, donde miles de familias carecen de acceso a un hogar digno, mientras una parte significativa del inventario de propiedades permanece vacía o subutilizada.

“Entendemos que el P. del S 483, pudiera estar alineado con la política pública del Gobierno de Puerto Rico de brindar mejores oportunidades y calidad de vida a los ciudadanos promoviendo proyectos como el que aquí se discute. Por lo tanto, nos parece una iniciativa legislativa que pudiéramos favorecer, sujeto a que tengamos los recursos fiscales suficientes para poder implantar el programa que este propone”, indicó la directora de Asesoramiento Legal de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), Suzette Suárez Pacheco.

La legislación declara como política pública, del gobierno de Puerto Rico, maximizar el uso de bienes inmuebles en desuso para ampliar la oferta de vivienda asequible, especialmente para personas en listas de espera de residenciales públicos, beneficiarios del programa Sección 8, primeros compradores, jóvenes y sectores vulnerables.

Entre los mecanismos establecidos, la medida ordena al Departamento de la Vivienda a identificar y evaluar propiedades que puedan ser rehabilitadas o transformadas en unidades de vivienda, establecer planes de trabajo con metas y plazos específicos, y coordinar la transferencia de estas propiedades desde otras agencias públicas; esto, luego de ser certificado por la Junta Revisora de Propiedad Inmueble. La transformación podrá realizarse mediante acuerdos colaborativos con municipios, cooperativas, organizaciones sin fines de lucro y entidades privadas, siempre bajo criterios estrictos de asequibilidad.

Una vez elaborado el plan, este debe ser presentado al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) o la agencia custodia de la propiedad en desuso, quienes transferirán la propiedad en un término no mayor de 30 días.

El licenciado Omar Figueroa Vázquez, en representación de la secretaria del Departamento de la Vivienda (DV), Ciary Pérez Peña expresó su apoyo a la medida, siempre que esta se adapta a ciertos criterios o enmiendas. “Se trata de una iniciativa de política pública que transforma un problema en una solución: donde antes había propiedades públicas abandonadas o inutilizadas, mañana podrán levantarse hogares dignos para miles de familias puertorriqueñas. La ejecución de este proyecto contribuiría a la revitalización de comunidades y a un uso más eficiente del patrimonio público”, comentó.

Entre las enmiendas al proyecto, Figueroa Vázquez recomendó que antes de aprobar la medida se identifiquen fuentes de financiamientos; asimismo solicitó condicionar la transferencia de cada propiedad a que el Departamento certifique la disponibilidad de recursos para costear las obras. Por otro lado, argumentó que puedan cualificar a estas viviendas todas las “personas que cumplan con los criterios para una vivienda de interés social”, y no sea limitado a poblaciones vulnerables; al igual que las viviendas adquiridas puedan ser utilizadas en otros programas del Departamento.

Por otro lado, para el DV es importante que se establezcan parámetros de prioridad, ya sea por región, zona o nivel de importancia. En cuanto a la fiscalización para comprobar el fiel cumplimiento de la ley, una vez aprobada, Figueroa Vázquez recomendó establecer mecanismos de revisión y coordinación con agencias federales para asegurar el cumplimiento e incorporar una cláusula que disponga la ley a la aprobación de la Junta de Supervisión Fiscal.

Por su parte, el director ejecutivo de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV), Ricardo Álvarez Barreto, indicó que, aunque no administran bienes inmuebles, “sí ejecuta un plan de trabajo dirigido a la rehabilitación y disposición de algunas propiedades reposeída, adquiridas como parte de sus operaciones programáticas”, en consonancia con la medida.

A preguntas de la presidenta de la Comisión sobre la capacidad económica de la AFV, Álvarez Barreto explicó que “actualmente, la autoridad cuenta con unos 13.3 millones en fondos CAPEX, que en un momento fueron asignados a la autoridad durante el año 2018 a 2020. Esos fondos son fondos restrictos que son destinados para rehabilitación de propiedades inmuebles en inventario de la autoridad”. A su vez, adelantó que la autoridad tiene alrededor de 293 unidades en inventario. Estas propiedades son adquiridas a través de un mecanismo de disposición, ya sea de acción en pago, cesión o ejecuciones hipotecarias.

De otra forma, el director de la Oficina de Asuntos Legales de la Autoridad de Edificios Públicos, Gabriel Hernández expresó oposición a la medida pues esta “pasa por alto el marco legal vigente contenido en la Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, donde se establecen los mecanismos para disponer de propiedades en desuso en el gobierno y le otorga la autoridad y responsabilidad al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEBDI). A su vez, recomendó armonizar el proyecto con la ley vigente y explicó que la AEP no tiene inherencia en la situación pues le corresponde a CEBDI.

En cuanto al Departamento de Educación (DE), la licenciada Saraí Ruiz Maisonet, directora de la Oficina de Política Pública del DE se mostró a favor del fin del P. del S. 483.

Cabe resaltar que, el proyecto excluye del alcance de esta ley aquellas propiedades que estén siendo evaluadas para transferencia por el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, a menos que no se concrete dicha transferencia. También dispone que ninguna propiedad podrá ser transferida sin un plan de trabajo aprobado que justifique su rehabilitación y uso como vivienda.

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