Ley de Capacitación para la Seguridad Cibernética en Puerto Rico

En Sesión Ordinaria, fue aprobada de la autoría del presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, el Proyecto del Senado 24, para crear la “Ley de Capacitación para la Seguridad Cibernética en Puerto Rico”; estableciendo como política pública la capacitación compulsoria sobre seguridad cibernética para la protección y el manejo adecuado de los sistemas y activos de información.

La medida menciona que dicho programa está dirigido para adiestrar con el propósito de concientizar e implementar protocolos y controles para mitigar los riesgos de seguridad cibernética a través de la identificación y capacidad de respuesta oportuna a las amenazas o eventos que involucren irregularidades de seguridad.

“Esta Asamblea Legislativa entiende y reconoce los daños que los ataques cibernéticos provocan tanto en las operaciones gubernamentales como privadas, y en los servicios que se brindan a la ciudadanía. Ante ello, es urgente e imperante identificar medidas preventivas para combatir esta actividad criminal”, añade su exposición de motivos. El Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) será encargado de reglamentar y ofrecer los adiestramientos.

Igualmente, del líder senatorial se le dio paso al Proyecto del Senado 22 para enmendar la “Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico de 2004”, con el propósito de ampliar las exenciones concedidas a las cooperativas de trabajo asociado que hayan sido autorizadas a operar en Puerto Rico y las que estuvieron en proceso de formación en o antes del 15 de marzo de 2020. Es concederles una exención de las disposiciones contenidas en el Capítulo 2 del Subtítulo C de la Ley 1-2011 según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” y del Impuesto sobre Ventas y Uso.

A la vez, fue aprobado el Proyecto del Senado 647, presentado por Rivera Schatz, a través de una petición de José Néstor Tirado García, presidente del Sindicato de Bomberos Unidos de Puerto Rico. La medida crea la “Ley de Ajuste Razonable al Retiro de los Bomberos”; enmendando la “Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos” y otras. Esto a los fines de excluir a los miembros del Negociado de Bomberos de su aplicación.

Igualmente, la pieza legislativa establece emitir un mandato al Comisionado del Negociado del Cuerpo de Bomberos para revisar y enmendar el reglamentos de Facturación y Cobro del Negociado de Bomberos para que se comience con el cobro de nuevos recaudos por concepto de la emisión de la certificación de prevención de incendios a los alquileres a corto plazo; crear un fideicomiso de bomberos con miras a llegar a un retiro de 50 por ciento de su salario promedio de los últimos tres tres años previo a la fecha de retiro a los miembros del Cuerpo de Bomberos

También, del presidente del Alto Cuerpo fue aprobado el Proyecto del Senado 389 para enmendar el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de conferir exención contributiva a las obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan. Esta es una entidad sin fines de lucro, cuyos fondos serán utilizados en la restauración y mantenimiento de la Catedral de San Juan; y para otros fines relacionados.

“Es responsabilidad de esta Asamblea Legislativa salvaguardar nuestra historia y crear alternativas innovadoras que faciliten alcanzar este objetivo. Por ello, mediante esta ley se concede exención contributiva a las obligaciones emitidas por el Patronato de Monumentos de San Juan”, cita el proyecto en su exposición de motivos.

Además, se le dio paso al Proyecto del Senado 145 de la senadora de mayoría, Wandy Soto Tolentino, para añadir un nuevo inciso a la “Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada”, a los propósitos de que se haga mandatorio, como parte del ingreso de una persona, indistintamente de su edad, a un asilo, centro de cuido o facilidad de cuidado prolongado, se incluya en su expediente un examen oral con un límite de 60 días de retroactividad al momento de ingresar. Además, se cumpla con al menos una revisión bucal anual y se haga constar bajo la certificación de un dentista.

En un turno sobre la medida, Soto expresó que esto no es un lujo, esto es una necesidad. “Esto es prevención y esto es humanidad. Está científicamente demostrado que una salud bucal deteriorada puede provocar infecciones graves, neumonía por aspiración, enfermedades cardiovasculares e incluso desnutrición en personas de edad avanzada. El final de esta realidad es cerrar los ojos ante el sufrimiento silencioso de quienes más necesitan nuestra voz”.

También, fue avalado el Proyecto del Senado 237 de la senadora de mayoría, Nitza Moran Trinidad, para enmendar la “Ley de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que la antes mencionada corporación pública, en conjunto con la Oficina de Incentivos del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, fomente el establecimiento de conglomerados (“clusters”) emergentes y de alto impacto económico. Esto según los defina mediante reglamentación el Secretario del antes mencionado Departamento; otorgarle al Director Ejecutivo de la Compañía de Fomento Industrial, la discreción de arrendar de forma parcial o segmentada, espacios de las edificaciones industriales que sean susceptibles a ser segregadas, a micro, pequeñas y medianas empresas (PyMEs).

De igual forma, fue aprobada la Resolución Concurrente del Senado 2 del senador de mayoría, Wilmer Reyes Berríos, para requerir al Presidente Donald J. Trump y al Congreso de los Estados Unidos de América que respondan diligentemente y actúen para garantizar que Puerto Rico reciba un trato equitativo en la asignación de fondos federales para el sistema de salud; que se termine con las disparidades históricas en la distribución de dichos fondos.

Igualmente, se aprobó el Proyecto del Senado 331 del portavoz alterno de la mayoría, Juan Oscar Morales Rodríguez, para enmendar la “Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico”, con el propósito de establecer el carácter confidencial de todos los certificados registrados por el Registro Demográfico. También, redefinir el concepto de “parte interesada” para aclarar en qué casos podrán los tribunales ordenar la entrega de los certificados expedidos por el Registro Demográfico.

La medida en su exposición de motivos indica que esta ley atenderá las lagunas señaladas, protegerá los derechos de terceros y delimitará con precisión la información que puede y debe ser entregada a la ciudadanía y a la prensa. “Además, establecerá un balance entre el reconocido derecho de acceso a la información y la confidencialidad de información que puede ser considerada como sensitiva por los familiares de una persona difunta y evitar, a su vez, que pueda ser utilizada con fines illcitos”, abunda.

A la vez, recibió aval el Proyecto del Senado 253 del senador de mayoría, Morales Rodríguez, para derogar la “Ley de Narcóticos”; derogar la “Ley de Barbitúricos y Otras Drogas Peligrosas”, por estar estas leyes completamente obsoletas y ser incongruentes con la legislación vigente. De igual forma,  enmendar los Artículos 308 y 601 de la Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como “Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico”, para atemperar sus disposiciones a las de la ley federal “Controlled Substances Act” de 1970, según enmendada; y para otros fines relacionados.

Además, fue aprobado el Proyecto del Senado 369 de la senadora de mayoría, Roxanna Soto Aguilú, para enmendar la Ley Núm. 40 del 25 de mayo de 1972, según enmendada, a los fines de otorgar una licencia provisional a toda persona que haya satisfactoriamente completado su educación formal en el campo de la mecánica o técnico automotriz y que no haya tomado el examen que le faculta para obtener una licencia permanente; y para otros fines relacionados.

Igualmente, se le dio paso al Proyecto del Senado 391 de la senadora del Partido Popular Democrático, Ada Álvarez Conde, para enmendar la “Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales” y la “Ley Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor”, a los fines de prohibir toda rifa de animales, así como la venta de estos, a través de anuncios en la Internet, periódicos impresos o digitales, radio, redes sociales o cualquier otro tipo de plataforma digital o impresa. Esto con excepción de aquellos reproductores, criadores y vendedores comerciales de animales que estén licenciados por el Departamento de Salud.

En la misma línea, la medida indica disponer que quienes ostenten la licencia emitida por el Departamento de Salud deberán publicar en los anuncios de crianza y venta el número de licencia vigente; así como disponer para el adiestramiento de integrantes de la uniformada estatal y municipal, así como los fiscales y jueces sobre el manejo de casos de maltrato animal conforme a la ley.

De otro lado, fueron aprobadas las Resoluciones del Senado, 118, 140, 143, 156 y 157; así como las Resoluciones Conjuntas de la Cámara 5, 50 y 74.

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