Presidente del Senado radica medida para atender mediante ley repunte en casos de Covid-19

 

 

En aras de atender de forma inmediata y mediante mandato de ley el repunte en la tasa de positividad en los casos de Covid-19, el presidente del Senado, José Luis Dalmau Santiago, radicó hoy una Resolución Conjunta en la que ordena al Departamento de Salud, a la Autoridad de los Puertos y a la Compañía de Turismo establecer medidas necesarias a los viajeros que visiten a Puerto Rico mediante el aeropuerto y cruceros. 

 

“Esta Resolución ayuda a las restricciones que ya existen en el aeropuerto e imita lo que hay establecido en Hawaii, que, como condición de isla, tiene una página que se llama el Perfil del Viajero y entre otras cosas, impone unas condiciones como las que el Gobernador acaba de anunciar. Nosotros lo vamos a legislar para que el Gobernador tenga herramientas adicionales y le vamos a dar fuerza de ley”, expresó el presidente Dalmau Santiago. 

La Resolución Conjunta 59 ordena al Departamento de Salud, a la Autoridad de los Puertos y a la Compañía de Turismo a implantar las medidas necesarias para que todo viajero que visite a Puerto Rico cumpla con presentar una prueba (molecular) negativa de Covid-19; en ausencia de la prueba, cumplir con una cuarentena mandataria, que sea obligatorio para todo viajero completar el perfil del viajero antes de poder abordar un avión con destino a Puerto Rico. Asimismo, busca que se establezcan acuerdos con las aerolíneas para que los pasajeros con destino a Puerto Rico o que hagan paradas en Puerto Rico cumplan con estas medidas al momento de abordaje; además, establecer penalidades por el incumplimiento. 

 

Cabe destacar que esta medida a diferencia de lo que anunció el Departamento de Salud, es que tiene fuerza de ley, integra a más agencias del gobierno llevando a cabo un esfuerzo conjunto y es más amplio, ya que incluye a la industria de cruceros, no limitándose a turistas que llegan por el aeropuerto. 

Entre las medidas que se proponen en la pieza legislativa figuran:  

 

  • La presentación del resultado negativo de una prueba molecular de Covid-19, realizada al menos 72 antes de llegar a Puerto Rico. 

 

  • En ausencia de dicha prueba, las agencias concernidas deberán recopilar la información del viajero, para cerciorarse de que este cumpla con el periodo de cuarentena de 10 días. 
  • El Departamento de Salud, deberá́ asignar el personal y las pruebas necesarias para que se puedan administrar, de manera aleatoria, pruebas de antígenos al 25% de los viajeros que llegan a la isla.  
  • Viajero que resulte positivo a la prueba de antígenos deberá ser llevado de inmediato a realizarse una prueba PCR para confirmar el primer resultado. En lo que el resultado de esa segunda prueba se recibe, ese viajero permanecerá en aislamiento en el lugar donde iba a pasar los días de visita.  
  • El Departamento de Salud tiene que ampliar el Perfil del Viajero que ha desarrollado para que todo viajero pueda incluir en esta información, sobre el lugar de alojamiento mientras se encuentra de visita en Puerto Rico, así como también proveer información y evidencia sobre la vacunación.  
  • Las restricciones y avisos requeridos poresta Resolución Conjunta tienen que estar publicados en los portales cibernéticas del Departamento de Salud, de la Autoridadde los Puertos y de la Compañía deTurismo. 
  • Una vez se reactive la industria de los cruceros, la Autoridad de los Puertos hará extensiva los pasajeros de los distintos cruceros, las restricciones establecidas en esta Resolución Conjunta. Así como los acuerdos con las empresas para que suspasajeros presenten el resultado negativode una prueba molecular de Covid-19 realizada 72 horas antes de llegar a Puerto Rico.  
  • Que las agencias pertinentes puedan realizar las negociaciones necesarias con las aerolíneas para que estas incluyan entre sus requisitos que todo pasajero presente el resultado negativo de una pruebo molecular de Covid-19 realizada 72 horas antes de llegar a Puerto Rico. 
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“Estas medidas no suponen un cierre total de las operaciones del aeropuerto Luis Muñoz Marín, pues esa autoridad queda en manos de la Administración de Aviación Federal (FAA por sus siglas en inglés), pero Puerto Rico puede tomar las medidas que entienda necesarias para garantizar que los pasajeros que nos visitan lo hagan de manera responsable y cumpliendo con los mecanismos establecidos para salvaguardar la vida, la salud y la seguridad tanto de quienes nos visitan y a su vez, de los puertorriqueños”, sentenció Dalmau Santiago. 

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