El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia de Guayama y rechazó los planteamientos de Ariel Torres Meléndez y de la Corporación para la Defensa del Poseedor de Licencia de Armas (CODEPOLA) en su demanda por difamación contra los miembros de Acción Social y Protección Ambiental (ASPA) y líderes comunitarios de Ranchos Guayama en Salinas.
La determinación representa otro contundente revés para Ariel Torres Meléndez, quien durante años intentó utilizar los tribunales para atacar e intimidar a residentes que denunciaron públicamente la construcción ilegal de un campo de tiro en Ranchos Guayama.

El Tribunal concluyó que Ariel Torres Meléndez y CODEPOLA, como figuras públicas, no lograron demostrar que los miembros de ASPA actuaran con malicia real. Además, reconoció que las expresiones realizadas por la comunidad surgieron de documentos oficiales, información pública, intervenciones gubernamentales y hechos relacionados con el proyecto del campo de tiro.

La sentencia también destaca que desde el 8 de agosto del 2022 el informe preparado por el hidrólogo Ángel Román-Más, perito contratado por Torres Meléndez, nunca fue admitido como evidencia al no cumplir con las reglas procesales y probatorias. A pesar de ello, los demandantes continuaron intentando utilizar dicho documento durante el litigio.
De igual importancia, el Tribunal determinó que expresiones como “criminal ambiental” y “asesino ambiental”, las cuales han sido utilizadas contra Ariel Torres, constituyen hipérbole retórica protegida por el derecho constitucional a la libertad de expresión y, por lo tanto, no son base para una acción de difamación.
Entre los hechos que el propio Tribunal declaró incontrovertidos figura que Ariel Torres Meléndez comenzó trabajos de limpieza, movimiento de terreno y construcción sin contar con los permisos correspondientes, situación que provocó una intervención del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y una orden de cese y desista.

Luego de perder en el Tribunal de Primera Instancia y ahora en el Tribunal de Apelaciones, Ariel Torres Meléndez pretende abandonar la controversia relacionada con el campo de tiro y busca que se descarte la reconvención presentada por la comunidad. Sin embargo, los residentes han tenido que invertir años de esfuerzo, recursos económicos y tiempo defendiendo sus derechos frente a acciones que nunca debieron ocurrir.
La comunidad espera que el Tribunal de Guayama tome en consideración la temeridad demostrada durante este prolongado litigio y ordene el pago de los gastos, costas y honorarios que han tenido que asumir los residentes para proteger su comunidad.

“Son dos sentencias del Tribunal de Apelaciones en que hemos prevalecido y que determinan que no hubo difamación y que Ariel Torres construyó ilegalmente. Una sentencia que le ordena al Tribunal de Guayama celebrar la vista del Artículo 14.1 de Ley 161-2009 y de servidumbres, y que ahora, después de más de cincuenta meses sin haberse celebrado, cuando el Tribunal de Guayama debió ordenar que se celebrase a los diez días de radicada, y que ahora el mismo Tribunal determine que es académico porque no van a construir, es una burla del derecho y la justicia”, expresó José Cora Collazo, presidente de ASPA.
“Lo menos que el Tribunal de Guayama debe ordenar es el pago de todos los gastos en que hemos incurrido y de los daños que tanto el Artículo 14.1 como las servidumbres disponen que nos paguen por todo el sacrificio que hemos pasado para prevalecer contra una persona como Ariel Torres Meléndez”, añadió.
Recientemente, en un caso aparte, el Tribunal de Primera Instancia de San Juan concedió una orden de protección en contra de Ariel Torres Meléndez por agredir a un adulto mayor, por lo cual tendrá que entregar sus armas de fuego y licencias.
La decisión, en el caso de la comunidad de Ranchos Guayama, reafirma que los ciudadanos tienen derecho a denunciar asuntos de interés público, cuestionar actuaciones que entiendan afectan su comunidad y expresar sus opiniones sin ser silenciados mediante demandas infundadas.
La comunidad de Ranchos Guayama continuará defendiendo el ambiente, la tranquilidad de sus residentes y el respeto a las leyes de Puerto Rico.

