Senado exige información sobre contratos, generación temporera y permisos

El presidente del Senado de Puerto Rico, Thomas Rivera Schatz, radicó tres peticiones de información al amparo de la Regla 18 del Reglamento del Senado, en el ejercicio de la facultad constitucional de investigación y fiscalización que le corresponde al Senado sobre la gestión de las agencias de gobierno y el uso de los fondos públicos.

Las Peticiones 2026-0106, 2026-0107 y 2026-0108 se presentaron y fueron aprobadas durante los trabajos de la sesión de ayer y atienden tres asuntos: las autorizaciones de contratos que emitió la Oficina de la Secretaría de la Gobernación durante la salida de sus dos anteriores titulares; el contrato de generación temporera de energía eléctrica adjudicado a Power Expectations, LLC y luego revocado por la Junta de Supervisión y Administración Financiera; y el cumplimiento de la Oficina de Gerencia de Permisos con los requisitos de códigos de construcción que exige la ley.

La primera petición (2026-0106) requiere a la secretaria de la Gobernación, Norma Burgos, y al Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), Orlando Rivera Berríos, que sometan en un término de cinco días laborables un registro certificado de todos los procesamientos de contratos y de compras tramitados en la Plataforma Electrónica de Procesamientos, desde el 1 de julio hasta las fechas de efectividad de las renuncias del entonces secretario de la Gobernación y director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), Francisco J. Domenech, y de la entonces subsecretaria de la Gobernación, Itza García Rodríguez.

Ambas renuncias anunciadas el 21 de julio de 2026, tras ambos funcionarios ser objeto de referidos y pesquisas, incluyendo ante el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) y la Oficina de Ética Gubernamental; sin embargo, continuaron ejerciendo sus funciones, incluyendo la autorización previa de contratos y órdenes de compra de la Rama Ejecutiva, hasta la fecha de efectividad de sus respectivas renuncias. La petición requiere, además, el desglose de las determinaciones que ambos emitieron personalmente a partir del 21 de julio, y la identificación de todo funcionario que haya ejercido esa facultad de forma delegada o interina.

La segunda petición (2026-0107) requiere al ingeniero Josué Colón Ortiz, Director Ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP), y a la ingeniera Mary Carmen Zapata Acosta, directora ejecutiva de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), que sometan, en un término de diez días laborables, el expediente completo del proceso de generación temporera de energía que culminó con la adjudicación, el 10 de junio de 2026, de un contrato a Power Expectations, LLC para aproximadamente 400 megavatios de capacidad en las centrales de Aguirre y Costa Sur, con un valor máximo estimado de $5,886,720,000 por un término de diez años.

La Junta de Supervisión y Administración Financiera (JSAF) revocó la aprobación de ese contrato el pasado 14 de agosto, luego de que la matriz de uno de los integrantes originales del consorcio declarara que no formaba parte del proyecto y que su nombre y firma fueron utilizados sin autorización, entre otros señalamientos de inexactitudes en la documentación del proceso. Se trata, además, del segundo intento de adjudicación a esta compañía bajo este mismo proceso: una primera adjudicación, para 800 megavatios por un término de tres años, quedó sin efecto por determinación judicial, y el proceso fue reabierto en julio de 2025 con términos revisados que extendieron su duración a diez años.

Cabe destacar que, el asunto ha sido referido al Departamento de Justicia y a las autoridades federales. La petición también cuestiona por qué el documento que evidencia el cambio de nombre corporativo de Enchanted Rock a ERock, Inc. no formó parte del expediente original del proceso, y por qué la copia utilizada se obtuvo, según se plantea en la propia Petición, mediante una búsqueda en ChatGPT realizada el 9 de agosto de 2026.

Entre otros documentos, el Senado solicita copia del contrato y sus enmiendas, el expediente de debida diligencia de los integrantes del consorcio, las comunicaciones sostenidas durante el proceso de adjudicación, y una explicación de las salvaguardas que se implementarán en el nuevo proceso de adquisición de aproximadamente 3,000 megavatios que actualmente conduce la AAPP. El Senado, además, ordenó a las agencias preservar toda la documentación relacionada con el asunto, ante los referidos cursados a las autoridades federales.

La tercera petición (2026-0108) solicita al ingeniero Miguel Manzano, director ejecutivo interino de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), que remita, en un término de 72 horas, la información que evidencie el cumplimiento del Artículo 2.3(g) de la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”.

Dicha disposición establece un Comité de Revisión de Códigos de Construcción, presidido por el Director Ejecutivo de la OGPe, responsable de evaluar y atemperar el “International Property Maintenance Code 2021” a la realidad de Puerto Rico, así como de implantar un Código de Mantenimiento de Propiedades que establezca un proceso uniforme de inspección, certificación y recertificación de estructuras de más de 2,000 pies cuadrados, para garantizar su seguridad y estabilidad estructural ante eventos naturales. El Senado solicita copia de la orden que constituyó el Comité, su composición actual, las actas de sus reuniones y el estado de los trabajos hacia la implantación de dicho Código.

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