Extiende vigencia de marbetes de embarcaciones hasta el 31 de enero de 2021

Que hayan vencido desde el mes de marzo del 2020

 

El secretario de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), Rafael Machargo Maldonado, emitió la Orden Administrativa 2020 – 03F, para aclarar y enmendar los términos relativos a permisos, licencias, concesiones, autorizaciones consultas, certificaciones, y endosos de la Orden Administrativa Núm. 2020-03E, la cual extiende la vigencia de los marbetes de embarcación hasta el 31 de enero de 2021, que vencieran desde el mes de marzo de 2020.

“Debido a la gran demanda de solicitudes y tomando en cuenta que los servicios se han visto afectados por los protocolos de distanciamiento social, hemos extendido hasta el 31 de enero de 2021, el periodo de vigencia de los marbetes de navegación. La extensión también aplica a licencias, permisos, concesiones, autorizaciones, consultas, certificaciones y endosos expedidos bajo todos los programas del DRNA (incluyendo aquellos de la antigua Junta de Calidad Ambiental); que tengan fecha de expiración o vencimiento en cualquier día del mes marzo de 2020 hasta la fecha de esta orden”, señaló Machargo Madonado.

 

Los requisitos de presentación de solicitudes de renovaciones con fecha de expiración o vencimiento en cualquier día del mes marzo de 2020 hasta la fecha de esta orden serán obviados, por lo que la extensión administrativa de vigencia continuará en efecto hasta tanto el DRNA procese y emita la renovación final correspondiente. Aún con la extensión concedida, se exhorta a los ciudadanos y comunidad regulada a radicar a tiempo sus solicitudes de renovación. De surgir la necesidad de solicitar una extensión para presentar la solicitud de renovación por justa causa, deberá solicitar la misma al Secretario del DRNA con copia al programa correspondiente del DRNA, quien a su discreción otorgará cuarenta y cinco (45) días para la presentaci6n de la misma.

“Es de rigor notar que, esta extensión de vigencia no significa que durante dicho periodo se condonen los pagos, rentas o derechos correspondientes de las solicitudes o servicios que se ofrecen. Se deberán efectuar los mismos al momento de presentar las correspondientes solicitudes de renovación y cubrirán desde la fecha original de expiración o vencimiento de su permiso, autorización, licencia, concesión, certificación, consulta y endoso”, concluyó el secretario.

 

La Orden Administrativa es de vigencia inmediata y se extiende hasta el 31 de enero de 2021 o hasta nuevo aviso. Para más información pueden acceder a la página de internet del DRNA: http://www.drna.pr.gov. Igualmente, si tiene alguna pregunta o duda, puede escribirnos a través del correo electrónico: ayudaciudadano@drna.pr.gov.

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