Terminado el escrutinio general por parte de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) el Tribunal Supremo de Puerto Rico acogió la demanda del candidato del Partido Popular en Guánica donde este alegó violaciones a la Ley Electoral por parte de la CEE al adjudicar ilegalmente votos “right in”. El planteamiento de esta demanda es muy parecida a la demanda sometida por la candidata en Aguadilla Yanitsia Irizarry al reclamar que la CEE adjudicó ilegalmente los votos mixtos denominados “Pivazos” los cuales la Ley Electoral identifica como inválidos.
Previamente el Tribunal Supremo de PR había denegado la demanda presentada por Aguadilla por entender que era prematura y al momento no había una certificación oficial sobre quien sería el nuevo alcalde de Aguadilla. En esta ocasión el escenario sería distinto ya que la CEE emitió una certificación y conforme a lo que establece la regla 10.15 se esta presentando la impugnación de la misma conforme a lo expresado por el tribunal anteriormente. Adicional, conforme a los requerimientos del Tribunal, en la demanda se incluyeron a todas las partes potencialmente necesarias para dilucidar el pleito en sus méritos y se cumplió con la presentación de demanda una vez expedida la certificación.
La presidenta del Partido Nuevo Progresista en Aguadilla radicó la demanda en el Tribunal de Primera Instancia con el fin de que suba al Tribunal Supremo y de esta manera se anule la certificación de la Comisión Estatal de Elecciones de Puerto Rico (CEE) que expresa quien sería el nuevo alcalde de Aguadilla.
En su demanda Irizarry expresa que aún los tribunales de Puerto Rico no han tomado una decisión final sobre la invalidez de los votos mixtos denominados como “Pivazos” y que por lo tanto la certificación emitida por la CEE debe ser anulada. Añade que la nueva ley electoral establece claramente que el voto mixto que en pasadas elecciones fue motivo de múltiples disputas legales es inválido e ilegal. Al momento, tras varias esfuerzos legales por parte de la candidata, ningún tribunal en Puerto Rico ha querido expresarse sobre el voto mixto “Pivazo” ni hacer valer lo que establece la ley aprobada. Por lo tanto, ni la CEE ni los Comisionados Electorales de los Partidos Políticos pueden adjudicarse la potestad o el derecho de adjudicar si esos votos son validos ni tampoco pueden certificar quien sería el candidato ganador en Aguadilla antes de una decisión final de los tribunales.
Según la página oficial de la CEE, una vez culminado el escrutinio general, la diferencia de votos entre los dos principales candidatos por la alcaldía de Aguadilla es de unos 40 votos. Si un tribunal tomara una decisión en base a derecho y a lo expresado en la nueva Ley Electoral, el panorama en el municipio de Aguadilla pudiera cambiar.
El nuevo Código Electoral aprobado especifica claramente que un voto mixto o papeleta mixta es aquella marca que el elector realiza debajo de la insignia de un partido, debiendo votar por al menos por un candidato dentro de la columna de esa insignia (otra marca), y que realiza otra marca válida dentro del rectángulo en blanco al lado de cualquier otro candidato en la columna de otro partido o candidato independiente, o escribir el nombre de alguna persona en la columna de nominación directa.
Anteriormente, luego de las elecciones del pasado 3 de noviembre, Irizarry había solicitado al Tribunal Supremo que anulara los votos “Pivazos” pero el alto foro declinó someter una opinión final tras un empate en las votaciones de los jueces. El Tribunal de Primera Instancia de San Juan y Circuito de Apelaciones también declinaron tomar una decisión al respecto por entender que no tenían jurisdicción en el asunto.