El Procurador del Veterano de Puerto Rico, Lcdo. Agustín Montañez Allman, hizo un llamado apremiante a toda la comunidad veterana de la Isla, para que aseguren el beneficio de exención en el pago de contribuciones sobre la propiedad inmueble en el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), antes que finalice el presente mes.
Montañez Allman enfatizó que la fecha límite para tramitar esta exención para el presente ciclo, vence el próximo 31 de julio, por lo que todos los que puedan ser acreedores del mismo, no deben perder tiempo en reclamarlo.

El Procurador recordó que este alivio económico no es una dádiva, sino un derecho adquirido y establecido formalmente en la Ley 203-2007, según enmendada, conocida como la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI.
Esta legislación busca hacer justicia social a los hombres y mujeres que han servido en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, garantizándoles herramientas de apoyo contributivo que protejan su patrimonio familiar y su calidad de vida.
“Esta exención sobre la propiedad inmueble representa una muestra concreta de profunda gratitud y reconocimiento de nuestro pueblo por el servicio, la valentía y los sacrificios vertidos por nuestros veteranos en defensa de la patria y la libertad. Es un derecho consagrado en nuestra Carta de Derechos que ningún veterano elegible debe dejar perder por falta de orientación o por no completar el trámite a tiempo”, expresó Montañez Allman.

Para garantizar la efectividad del beneficio, el Procurador instó a los veteranos a cumplir rigurosamente con los requisitos, documentos y formularios exigidos por el CRIM dentro del plazo establecido. Asegurar el cumplimiento de las normativas de la agencia es indispensable para que la exención sea procesada correctamente y se refleje en sus estados de cuenta de propiedad inmueble sin contratiempos.
El proceso requiere documentos específicos. Reunirlos antes del plazo evita retrasos y reduce el riesgo de perder un año fiscal completo.
El veterano debe cumplimentar el Modelo AS-38 del CRIM completado correctamente. Proveer copia del DD-214 o evidencia de servicio honorable. Presentar la Escritura de la propiedad o documento legal de titularidad.

Además, la Certificación del VA que indique el porcentaje de incapacidad y evidencia de que la propiedad es residencia principal.
“Reiteramos a nuestros veteranos y a sus familias la importancia de actuar con premura. Cumplir con los requisitos y la radicación antes del 31 de julio es fundamental para asegurar este alivio contributivo. En la Oficina del Procurador del Veterano estamos listos para asistirlos en cada paso del proceso, orientarlos sobre los documentos necesarios y velar porque se respeten sus derechos”, añadió Montañez Allman.
La Oficina del Procurador del Veterano (OPV) exhorta a cualquier veterano o familiar que tenga dudas sobre el proceso de exención, la elegibilidad o la documentación requerida a que se comunique de inmediato con la agencia.
Los interesados pueden recibir orientación personalizada visitando las oficinas centrales en el piso 10 del Edificio Mercantil Plaza de Hato Rey, o llamando al teléfono (787) 758-7050.


