La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, presidida por el senador Gregorio Matías Rosario, celebró ayer martes, una vista pública en con el objetivo de evaluar y atender la Resolución del Senado 81.
El propósito de la misma es investigar el grado de implementación, alcance y aplicabilidad de la Resolución 2024-20 de la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico, la cual establece una póliza de seguro de vida por accidente y desmembramiento para empleados públicos de alto riesgo, con una cubierta de hasta $500,000 para aquellos servidores públicos que no cualifican para beneficios bajo la Ley Núm. 127-1958.

Durante la vista pública comparecieron representantes de agencias gubernamentales, corporaciones y entidades concernidas para expresar sus posturas y detallar los esfuerzos realizados en torno a la implementación de esta política pública.

El licenciado Arnaldo Ortiz Miranda, director de la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico, detalló que la póliza está vigente desde el 1 de julio de 2024 y surge como alternativa tras las limitaciones de beneficios para servidores públicos de alto riesgo. Además, explicó que dicha póliza tiene un costo de $10 mensuales por empleado, cubierto por el Gobierno de Puerto Rico como un beneficio adicional para estos empleados.

Por su parte, el licenciado Cesar Matos Benítez, representante de Metropolitan Life Insurance Company (MetLife), expresó que “desde que entró en efecto este nuevo beneficio de muerte accidental o desmembramiento en el cumplimiento del deber en el 2024, no ha habido una reclamación bajo ese beneficio a MetLife”. Asimismo, señaló que desde que existe la póliza grupal con la Junta de Retiro, se han pagado aproximadamente $37,000,000 en beneficios.
De igual forma, el licenciado Luis R. Rivera Cruz, de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), y el licenciado Osvaldo Guzmán, de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), reconocieron que la Junta de Retiro del Gobierno de Puerto Rico es la entidad encargada de adoptar las medidas administrativas para la implementación de esta política pública, dando deferencia a los comentarios y recomendaciones de dicha entidad.

Entretanto, el señor Nelson Cruz Santiago, del Cuerpo de Vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, destacó que la agencia ha estado cumpliendo con la obligación de someter mensualmente a la Junta de Retiro los informes correspondientes mediante correo electrónico, reconociendo la importancia de la política pública contenida en la Resolución 2024-20 para la protección de empleados de alto riesgo.
Por su parte, el director de la División de Psicología de la Policía de Puerto Rico, doctor Juan Carlos Centeno, expresó que “dado que al presente no se ha tramitado formalmente un caso bajo dicha póliza dentro de la Agencia, la Policía de Puerto Rico no se encuentra en posición de ofrecer una evaluación definitiva sobre su efectividad, aplicabilidad o alcance. Por ello, entiende meritorio que se lleve a cabo la investigación legislativa propuesta, a los fines de clasificar su funcionamiento y asegurar su adecuada implementación”.

Asimismo, el licenciado Francisco Méndez Rivera, del Departamento de Corrección y Rehabilitación, indicó que “en el Departamento de Corrección y Rehabilitación, la División de Beneficios Marginales, adscrita a la Secretaría de Recursos Humanos y Asuntos Laborales, tiene la responsabilidad de orientar al personal, canalizar solicitudes y servir de enlace con la Junta de Retiro. Como parte de los esfuerzos de divulgación, el 12 de noviembre de 2024, se envió comunicación oficial a todo el personal mediante correo electrónico institucional, incluyendo el formulario de designación de beneficiarios (JR-310). Se publicaron avisos en tablones informativos de instituciones correccionales y juveniles. Y se han emitido recordatorios periódicos para reforzar la orientación”.
Durante la audiencia, el ayudante general de la Guardia Nacional, Carlos Rivera Román, propuso que la cobertura de la póliza de seguro de vida por accidente y desmembramiento sea inequívocamente aplicable a todos los miembros del Departamento de Seguridad Pública, al Cuerpo de Vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y a los miembros de la Guardia Nacional de Puerto Rico bajo cualquier estatus de servicio oficial. Además, recomendó incluir cobertura en casos de actos de guerra, terrorismo y suicidio, eliminando la restricción de que aplique únicamente bajo “llamada de emergencia del Gobernador”.



